En qué consiste la custodia compartida

En qué consiste la custodia compartida

Casi como por Derecho de Costumbre, en caso de separación o divorcio de los padres, los hijos pertenecientes al matrimonio eran concedidos en guardia y custodia a la madre. Ambos progenitores conservaban en todo momento la patria potestad, que sólo se pierde por muerte del progenitor o por orden judicial. Sin embargo, desde hace unos años se viene aplicando, cada vez con mayor frecuencia, la custodia compartida entre ambos padres. En unComo.com te explicamos en qué consiste la custodia compartida.

Pasos a seguir:
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A diferencia de la custodia monoparental, donde la guardia y custodia de los menores no emancipados se concede a uno solo de los progenitores, por costumbre a la madre, la custodia compartida ofrece a los padres la oportunidad de custodiar a los hijos en igualdad de condiciones y con los mismo derechos y deberes. Esta fórmula legal permite que los hijos puedan convivir con ambos progenitores y que estos puedan decidir y garantizar su educación, alimento, hogar, salud y cualquier derecho que asista al menor.

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Una vez aclarado qué es la custodia compartida, ahora nos queda saber diferenciar entre los distintos tipos de custodia compartida que existen en función de ciertas medidas adoptadas siempre por el juez. Los padres, básicamente, podrán obtener una custodia compartida conjunta o una custodia compartida de carácter alterno dependiendo de si la guardia y custodia de los hijos se concede por periodos determinados o no.

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En el caso de la custodia compartida conjunta, ambos progenitores conservan todos sus derechos y deberes que implican el desarrollo responsable de la paternidad. Básicamente se trata de un tipo de solución que intenta que los niños se desarrollen casi como si estuviesen conviviendo en una familia completamente normal, donde todos los miembros comparten hogar. Aunque eso no quiere decir que los miembros de la ex-pareja deban vivir juntos.

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En este caso y, dependiendo de la decisión judicial, los menores pueden tener dos domicilios, uno por cada uno de sus padres y que coincidirá con el lugar de residencia de cada uno de los progenitores. En este caso, los hijos vivirían bajo el techo del progenitor a quien le toque la custodia en cada momento.

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El juez también puede decidir que la vivienda familiar sea el que fue domicilio conyugal hasta el momento de la separación o divorcio. En ese caso los niños siempre vivirán en esa casa y serán sus padres quienes se alternen en ella, en función del derecho a ejercer su periodo de custodia compartida.

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El otro tipo de custodia compartida que existe es alterna y es cuando la justicia concede la custodia por periodos alternos de meses, semestres o incluso años. En cualquiera de los casos, el padre que en ese momento no esté conviviendo con sus hijos, tiene derecho a que se establezca un régimen de visitas para poder estar con los menores.

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En cualquiera de los casos de guardia y custodia compartida, suele eliminarse el pago de la pensión alimenticia, puesto que se supone que cada progenitor se hace cargo de los gastos de sus hijos durante el periodo en que viven con ellos y el resto se soluciona a medias.

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