En qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos

En qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos

El arrendatario tiene derecho a la adquisición preferente del inmueble que ocupa, tanto si es en arrendamientos de vivienda como de uso distinto a vivienda en determinadas condiciones. Es lo que se llama derecho de tanteo y retracto. A continuación explicamos brevemente en qué consiste el derecho de tanteo y retracto en los arrendamientos, para que puedas ejercitar tus derechos.

Derecho de Tanteo

El arrendatario podrá ejercitar un derecho de tanteo o lo que es lo mismo, realizar una oferta de compra sobre la finca arrendada en un plazo de 30 días naturales a contar desde el siguiente en que se le notifique el propietario en forma fehaciente la decisión de vender la finca arrendada, el precio y las demás condiciones esenciales de la venta.

Derecho de Retracto

Consiste en que, cuando no se le hubiese hecho la notificación al inquilino en forma fehaciente de la decisión de vender la finca arrendada, con información sobre el precio y las demás condiciones esenciales de la transmisión o se hubiese omitido en ella cualquiera de los requisitos o cuando resultase inferior el precio efectivo de la compraventa o menos onerosas sus restantes condiciones esenciales, el inquilino tendrá 30 días naturales para realizar una oferta de compra, contados desde el siguiente a la notificación que en forma fehaciente deberá hacer el nuevo propietario al arrendatario de las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa, mediante entrega de copia de la escritura o documento en que fuere formalizada.

Garantía del inquilino

Para asegurar estos derechos, existe la obligación de inscribir en el Registro de la Propiedad los títulos de venta de viviendas arrendadas justificando que han tenido lugar las notificaciones al arrendatario.

Excepciones

No habrá lugar a los derechos de tanteo o retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble ni tampoco cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble.

Renuncia

Podrá pactarse la renuncia a los derechos de tanteo y retracto del arrendatario en contratos de duración pactada superior a 5 años.

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Consejos
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